Estas son las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento

Conocé las nuevas actividades que no deben cumplir la cuarentena. Te explicamos detalladamente una a una.

12 Abril de 2020 - 13:48

mecanico

Se publicó el Decreto de necesidad y urgencia (DNU) 355/2020, con la información brindada ayer por el Presidente Alberto Fernández, donde extiende la cuarentena hasta el 26 de abril inlcusive, establece la posibilidad de incorporar excepciones para actividades o áreas específicas a pedido de gobernadores y se agregan nuevas actividades a las ya exceptuadas al aislamiento social preventivo y obligatorio. https://www.lacoope.net/lacoope/nota/confirmado-el-aislamiento-continua-hasta-el-26-de-abril

A continuación de dejamos las nuevas actividades y servicios que a partir de mañana, lunes 13 de abril estarán exceptuados de cumplir con la cuarentena:

1 - Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno delespectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar oconviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivosDocumentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica dondese indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.

2 - Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en elcolectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacionalde Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripciónmédica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.

3 - Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El BANCO CENTRALDE LA REPÚBLICA ARGENTINA establecerá, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo yobligatorio, los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar orestringir días y horarios de atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personasa ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones yrecomendaciones de la autoridad sanitaria.

4 - Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente paratransporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a lasprestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

5 - Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidadde entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.

6 - Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público,vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o alpersonal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

7 - Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega adomicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público. https://www.lacoope.net/lacoope/nota/2020-4-11-14-57-37-cuarentena-rodolfo-suarez-no-hara-pedidos-especiales-y-ratifico-controles

A continuación te dejamos el DNU completo